15 de junio de 2020
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Información Importante acerca de los plazos suspendidos
EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL INFORMA EN RELACIÓN A LOS PLAZOS SUSPENDIDOS, LO SIGUIENTE: |
Que los plazos suspendidos a partir del 18 de marzo de 2020, empezarán a correr a partir del 2 de julio del 2020, por lo que deberá cada usuario realizar y hacer el cálculo de los días transcurridos a partir de su notificación, empezando a correr los días restantes a partir del 2 de julio de 2020. (A manera de ejemplo: si al momento de suspenderse los plazos a usted le faltaban 5 días para vencer el plazo de oposición, deberá contar los cinco días faltantes a partir del 2 de julio de 2020, venciendo entonces el 6 de julio de 2020 el plazo para oponerse). |
En cuanto a las publicaciones: LA ULTIMA FECHA EN QUE SE PUBLICARON LOS EDICTOS DE MARCAS FUE EL 23/03/2020 Y PATENTES 05/03/2020, en virtud de la suspensión de plazos efectuada por el Decreto Legislativo 2-2020, sin embargo, al aperturarse el Registro se recibieron boletas de pago de publicaciones, mismas que serán publicadas de la siguiente manera: La primera fecha de recepción de pago de publicaciones que consta en el Registro es a partir del 15 de abril hasta el 1 de julio, ambos del 2020 (período de suspensión de plazos), mismos que serán publicados durante las primeras dos semanas del mes de julio del presente año, HASTA QUE SE PUBLIQUEN TODAS LAS INGRESADAS DURANTE LA VIGENCIA DE LA SUSPENSIÓN DEL PLAZO.En relación a las publicaciones que se paguen a partir de 2 de julio de 2020, seguirán el trámite normal de publicación, que es 8 días después de su pago, siendo el 9 de julio de 2020. |
En relación a las órdenes de pago, se estarán generando listados para realizarlas de cuerdo al orden que vayan venciendo el plazo tomando en cuenta la fecha de suspensión, sin embargo, rogamos a los usuarios estar pendientes de los vencimientos de los plazos para informarnos y poder generar las órdenes de pago de sus expedientes. |
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