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Preguntas Frecuentes

Marcas y otros signos distintivos

Solicitud de Registro de Marca y Otros Signos Distintivos

Para iniciar la solicitud de una marca y otros signos distintivos:

  • (Pre-Ingreso) Solicitud en línea (generación gratuita de formulario)
  • Para generar de solicitud en línea puede ingresar a través de la Ventanilla Electrónica del Registro de la Propiedad Intelectual (VERPI)

 

TODA SOLICITUD DEBE DE VENIR CON FIRMA DEL INTERESADO, FIRMA Y SELLO DEL ABOGADO AUXILIANTE, TIMBRE FORENSE Y EN CASO DE NO PODER FIRMAR EL INTERESADO, PUEDE FIRMAR A RUEGO EL ABOGADO AUXILIANTE, DEBE DE SER PRESENTADA EN FOLDER TAMAÑO OFICIO CON GANCHO.

 

 

Ingreso al Sistema de Solicitud de Registro de Marca y Otros Signos Distintivos en Línea

A esta gestión se le conoce como Pre-Ingreso, para ello debes de ingresar a:

E-Consulta

 

  1. Ingresa con el siguiente Usuario (correo electrónico):
    GENERAL@RPI.GOB.GT
    Clave de Acceso: general123
  2. Haz click en Iniciar Sesión
  3. Selecciona en la sección de marcas la opción de PRE-INGRESO MARCAS, así ingresaras a la sección de SOLICITUD SIGNOS DISTINTIVOS
  4. Observa las instrucciones para su correcto llenado en el link Ver Instructivo.
  5. Al completar los campos y datos, selecciona el recuadro de Finalizar Solicitud y Enviar.
  6. Luego de enviar el Pre-Ingreso en línea, deberás presentarlo en físico como corresponde adjuntado el comprobante de pago generado mediante la Boleta del Sistema de Pagos en Línea del RPI –EPagos– (SOLICITUD DE REGISTRO INICIAL Q.110.00) y cancelado en Bancos Autorizados.
  7. Solo será válida su solicitud cuando la presente en físico ante el Registro, con el Pre-Ingreso nos garantiza la digitalización correcta de los datos.
  8. TODA SOLICITUD DEBE DE VENIR CON FIRMA DEL SOLICITANTE, FIRMA Y SELLO DEL ABOGADO AUXILIANTE, TIMBRE FORENSE Y EN CASO DE NO PODER FIRMAR EL SOLICITANTE, PUEDE FIRMAR A RUEGO EL ABOGADO AUXILIANTE, DEBE DE SER PRESENTADA EN FOLDER TAMAÑO OFICIO CON GANCHO.

Examen de Forma y Fondo

El Examen de Forma y Fondo para una marca o signo distintivo no tiene costo alguno. Cualquier modificación en la solicitud tiene un costo de Q200.00.

 

¿Qué debo hacer una vez vencido el plazo de 2 meses de publicación de mi marca?

  1. Presentarse a la ventanilla física del Registro de la Propiedad Intelectual para ser notificado de la Orden de Pago.
  2. Deberá generar la boleta correspondiente a la Orden de Pago (Q90.00) y la boleta de pago del certificado o título (Q200.00).  Estas boletas las debe generar en EPagos.
  3. Cancelar en Banrural.
  4. Entregar ambos comprobantes de pago en la ventanilla física del RPI.
  5. En un plazo de 8 a 15 días se emitirá y extenderá el certificado o título de la marca.

 

¿Cuál es el plazo para la Inscripción y Registro de una marca?

El plazo aproximado es de 4 a 6 meses, si no existiera alguna objeción u oposición, y si la solicitud es presentada correctamente.

Si tengo dudas o pregunta específicas sobre mi expediente, ¿Quién me puede ayudar?

Si, en el Registro de la Propiedad Intelectual, existen asesores que le pueden ayudar con las dudas sobre su expediente.

 

  1. Objeciones: todos los jueves de 7:00 am a 12:00 pm.
  2. Requerimientos u otras gestiones: todos los miércoles y viernes de 7:00 am a 12:00 pm.
  3. Notificaciones, presentación de solicitudes y memoriales: de lunes a viernes de 7:00 am a 3:00 pm.

 

Debe presentarse con el comprobante de recepción de la solicitud en la 7ª. Avenida 7-61 Zona 4, Nivel 1, Ciudad de Guatemala.

 

¿En qué consiste la notificación del Edicto y la Publicación?

Es cuando el interesado de la marca se presenta para la notificación correspondiente de la Emisión del Edicto (Costo Q.200.00), debiéndose de cancelar ésta juntamente con la publicación y dejar ambos comprobantes de pago en la ventanilla del Registro. La Publicación depende del tamaño del Edicto (Costo Q.200.00 a Q.1,000.00); esta publicación se realiza en el Boletín Oficial del Registro de la Propiedad Intelectual -BORPI-, para lo cual deberás estar al pendiente y atento, 8 días después de haber presentado la copia de los comprobantes de pago en la ventanilla de éste, para su publicación y esperar los dos meses para las conocer si existen oposiciones a tu solicitud de registro de marca. Para dichos comprobantes de pago, genera la Boleta en el Sistema de Pagos en Línea del RPI y cancela en Banrural.

 

¿Cómo puedo consultar el estado de la gestión con el número de identificación del expediente?

  • Consultar en la Web, para ello debes de ingresar a https://rpi.gob.gt
  • Ubicar el enlace E-Consultas e ingresa con el siguiente: Usuario (correo electrónico): GENERAL@RPI.GOB.GT Clave de Acceso: general123
  • Iniciar Sesión
  • Selecciona en la sección de marcas la opción de EXPEDIENTES DE INSCRIPCIÓN, ingresa (No. Expediente);
  • Escribir en la sección de Contáctenos ingresando a https://rpi.gob.gt/contactos
  • O presentarse de lunes a viernes en el horario de 7:00 a 12:00 horas a la 7ª. Avenida 7-61 Zona 4, Nivel 1, Ciudad de Guatemala
  • Llamar al teléfono (502) 23247070.

¿Cómo realizo una Búsqueda Retrospectiva de Marca, Signos distintivos Denominativos o Figurativos?

  1. Llena el formulario electrónico, el cual puede encontrar en la Ventanilla Electrónica del RPI (VERPI) con los datos y muestra del diseño (para el caso de figurativo o mixto) de la marca o signo distintivo a solicitar indicando el caso si es denominativo, figurativo o mixto; este deberá presentarse firmado y sellado por un Abogado Notario con el respetivo timbre forense; deberás consignar la clase de marca que corresponde al producto o servicio a solicitar, puedes consultar la clase de NIZA en siguiente enlace: https://webaccess.wipo.int/mgs/?lang=es
  2. Genera la Boleta en el Sistema de Pagos en Línea del RPI, para el pago del Costo de la denominativa (BÚSQUEDA RETROSPECTIVA Q.100.00), de la figurativa solo de diseño (BÚSQUEDA RETROSPECTIVA DE GRAFICO Q.200.00), de la denominativa y figurativo (BÚSQUEDA RETROSPECTIVA DE MIXTOS Q.200.00), o por titular (BÚSQUEDA POR TITULAR Q.1,000.00) y cancela en Banrural;
  3. Luego de presentado el formulario de solicitud de búsqueda con su respectivo comprobante de pago en la ventanilla del RPI, se entregará un día después la búsqueda.

Patentes

¿Puedo patentar una receta de cocina?

No, no se considera una invención según el Art. 91. Pero las recetas de cocina se pueden proteger como obra literaria o audiovisual (video) mediante el derecho de autor o secreto empresarial. El secreto empresarial se reconoce por ley, no se registra, y el propietario de dicho Secreto puede tomar las medidas que considere convenientes para mantenerlo en secreto.

 

¿Qué figura utilizo para patentar mi invento?, ¿Patente de Invención, Modelo de Utilidad o Diseño Industrial?

La Patente de Invención y el Modelo de Utilidad protegen lo que hace el producto o el procedimiento, que resuelve un problema técnico de una forma nueva. Los procedimientos y formulas químicas no se pueden proteger por Modelo de Utilidad. El Diseño Industrial protege la forma de los productos desde un punto de vista ornamental, excluye los aspectos funcionales.

¿Qué es el estado de la técnica?

Es toda publicación por cualquier medio en cualquier lugar del mundo. Esto puede incluir libros, artículos, videos, etc., y por supuesto bases de datos de Patentes.

¿Qué es el Nivel Inventivo y Novedad?

Con respecto al estado de la técnica, la combinación de una o más publicaciones no debe sugerir o guiar, para alguien que conozca la materia, la invención propuesta, para que tenga nivel inventivo. Con respecto al estado de la técnica una publicación no debe tener todas las características de la invención propuesta para que tenga novedad.

 

Ejemplos:

 

Por eso se dice que el Modelo de Utilidad es una mejora a algo existente.

 

  • a. Una mesa de tres patas, la primera vez que existió, resuelve el problema de la estabilidad en un piso irregular, se dice entonces que tiene nivel inventivo. Ahora si esta tecnología de tres patas se aplica a una silla, la silla de tres patas será novedosa, pero no tiene nivel inventivo porque la tecnología para resolver ese problema ya existe y se aplico a un mueble.

 

  • b. Una formulación de concreto, puede variar en proporciones, pero su comportamiento se conoce, ahora bien, si dicha formulación tiene un comportamiento diferente o mejorado al esperado, se dice que tiene nivel inventivo.

 

 

¿Qué es la aplicación industrial?

Que el producto sea reproducible a nivel industrial, que no viole las leyes de la naturaleza, es decir lógico.

¿Cómo saber si mi propuesta puede ser concedida?

Una de las mayores incertidumbres a la hora de presentar una solicitud es si será concedida. El proceso inventivo deberá incluir búsquedas del estado de la técnica, previo a generar propuestas para resolver un problema. Por eso es importante realizar búsquedas, se sugiere entre muchas fuentes utilizar bases de datos públicas tales como Spacenet, Google Patents, Patentscope y bases de datos de patentes de los países que las tengan disponibles; también puede utilizar servicios privados de búsqueda que generalmente tienen un costo. Le ayudará a saber que se ha propuesto con anterioridad, que está vigente en cada país y aprender el estilo de redacción de una patente. A partir de estas búsquedas usted puede decidir si su propuesta es nueva.

 

 

¿Cuánto tiempo tarda el trámite de una solicitud de patente de invención?

El trámite de una solicitud puede durar entre 4 y 6 años aproximadamente, derivado de los plazos de ley y requerimientos a que sea sometida la solicitud.

 

 

Si obtengo una patente de invención, ¿me protege en cualquier lugar del mundo?

No, la patente de invención es territorial, temporal y personal, es decir, cada solicitud de patente se rige de conformidad con la legislación nacional. Si quiero protección en otros países, la solicitud se debe tramitar de conformidad con la legislación nacional de cada país en donde se desee registrar.

 

 

¿Qué figura debo utilizar para registrar mi invento?, ¿Patente de Invención o Modelo de Utilidad?

El solicitante es el que tendrá que decidir qué tipo de solicitud le conviene más según las características principales que contiene su invento y lo que ya se conoce o esta divulgado hasta el momento.

 

La Patente de Invención tiene que tener nivel inventivo, novedad y aplicación industrial. El Modelo de Utilidad debe tener novedad (desde punto de vista de nueva función) y aplicación industrial.

 

 

¿Tengo que llevar mi invento al Registro de la Propiedad Intelectual?

No es necesario que el invento sea llevado al Registro de la Propiedad Intelectual / Departamento de Patentes y Diseños Industriales, ya que dentro de la propia solicitud, está establecida la descripción, las reivindicaciones y los dibujos para evidenciar la invención.

 

Tengo una idea ¿cómo la protejo?

Las ideas no se pueden patentar. Lo que protegen las patentes son los inventos que están relacionados con productos, procedimientos, aparatos o métodos de fabricación.

 

¿Qué son las reivindicaciones?

Las reivindicaciones son las que definen la invención que se está queriendo proteger, en forma clara y concisa, debiendo estar sustentadas en la descripción.

 

¿Qué es lo que protege un Diseño Industrial?

El Diseño Industrial solo protege la parte ornamental de un artículo utilitario tridimensional o un dibujo plano.

 

¿Qué necesito tener para solicitar una Patente de Invención y/o Modelo de Utilidad?

Para solicitar una Patente de Invención y/o Modelo de Utilidad, es necesario contar con el formulario inicial de solicitud, una descripción del invento, las reivindicaciones, un resumen y dibujos en caso sean necesarios.

 

¿Qué necesito para solicitar un registro de diseño industrial?

Para poder solicitar un registro de diseño industrial, solo es necesario incluir dibujos, fotografías o planos, donde se pueda apreciar la novedad del mismo.

 

¿Cuáles son los pagos que se deben de realizar durante el trámite de una solicitud de patente de invención, modelo de utilidad o registro de diseño industrial?

Los pagos son los siguientes:

 

Etapa Administrativa Patente de Invención Diseño Industrial Modelo de Utilidad
Tasa de Ingreso de la Solicitud

Q2,500.00

Q1,000.00

Q1,000.00

Costo de Edicto

Q200.00

Q200.00

Q200.00

Publicación en el Boletín Oficial del Registro de la Propiedad Intelectual (BORPI) (Depende de la cantidad de caracteres) (Depende de la cantidad de caracteres) (Depende de la cantidad de caracteres)
Tasa de Examen Técnico de Fondo Q3,000.00 Q3,000.00 Q3,000.00
Tasa por Inscripción de Patente de Invención, Modelo de Utilidad o Diseño Industrial Q450.00 Q450.00 Q450.00
Tasa por emisión de Certificado de Patente de Invención, Modelo de Utilidad o Diseño Industrial Q200.00 Q200.00 Q200.00

 

Los costos para mantener la vigencia de una patente de invención, modelo de utilidad o registro de diseño industrial son las anualidades, las cuales deben ser pagadas anualmente, juntamente con la certificación que acredite el pago de la misma. Las anualidades pueden ser consultadas en el Arancel del Registro de la Propiedad Intelectual en materia de Propiedad Industrial contenidas en el Acuerdo Gubernativo 862-2000.

 

¿Cómo se deben de presentar las búsquedas en el estado de la técnica de una patente de invención, modelo de utilidad o registro de diseño industrial en el Registro de la Propiedad Intelectual?

Las solicitudes de búsqueda presentadas al Registro pueden ser a nivel nacional o internacional. La búsqueda nacional ayuda para efectos de trámites nacionales. La búsqueda internacional ayuda para efectos de presentación de una solicitud, la cual no es obligatoria. Según el uso que dará a la búsqueda, debe incluir lo siguiente:

  • Descripción general
  • Número de solicitud de otro país (para búsquedas especificas)
  • Ingrediente activo o molécula
  • Representación gráfica o dibujos del aparato o diseño a buscar.

 

Derecho de Autor

¿Cómo inicio gestión de Solicitud de Registro de Derecho de Autor?

Paso 1

Selección de Formulario – VERPI

  • Ingresar o crear un usuario en VERPI »
  • Accesar el formulario según tipo de obra a registrar en el menú superior en Derecho de Autor y Derechos Conexos
  • Llenar formulario, firmar por el solicitante y presentar (3) copias ante el RPI.

 

 

Paso II
Generación de Boleta de Pago – E-Pagos RPI

 

  • Ingresar con su usuario en E-PAGOS »
  • Hacer click en el botón de Derecho de Autor
  • Seleccionar la opción de pago.
  • Marca la opción formulario, tipo de obra y nombre de solicitante.
  • Imprime la boleta de pago
  • Realiza tu pago en línea a través de tu banca virtual BANRURAL o en cualquier agencia BANRURAL.

 

Paso III
Presentación de Solicitud

 

Presentación física:

  • En un fólder tamaño oficio con gancho: el formulario completo (3 copias), la declaración jurada  (original y 1 copia) y los recibos de pago de las tasas correspondientes.
  • Acompañar una copia o soporte de la obra debidamente identificada.

 

TODO FORMULARIO DE SOLICITUD DEBE DE VENIR CON FIRMA DEL SOLICITANTE, DE NO PODER FIRMAR EL SOLICITANTE, PUEDE FIRMAR UNA PERSONA JURIDICA ACREDITADA COMO REPRESENTANTE LEGAL DEL SOLICITANTE. LA SOLICITUD DEBE SER PRESENTADA EN FOLDER TAMAÑO OFICIO DE CUALQUIER COLOR CLARO CON GANCHO SUJETANDO LAS HOJAS CON DOS AGUJEROS EN EL CENTRO DEL LADO IZQUIERDO.

¿Cómo Realizo la Solicitud de Registro de Derecho de Autor?

Presenta el Formulario lleno como corresponde, acompañado de la obra en cualquier soporte físico (en caso de esculturas o pinturas, deberá presentar  fotografías de las mismas), así también acompañar declaración jurada, faccionada por Abogado Notario la que deberá contener lo siguiente:

 

  1. a) Nombres y apellidos completos del titular o titulares del derecho de autor y en su caso, del editor o productor, su edad, estado civil, ocupación, nacionalidad y domicilio;
  2. b) El título, descripción y composición detallada de la obra, así como sus datos bibliográficos relevantes; número de páginas, formato, composición, lugar y número de páginas, formato, composición, lugar y fecha de la edición, nombre del editor, lugar y fecha de la primera publicación o fijación;
  3. c) Si la obra fuere una compilación o una creación derivada de otra obra, la identificación de la obra primigenia; y,
  4. d) Cualquier otra información relevante que permita identificar con mayor precisión la obra, así como la existencia, titularidad o duración del derecho de autor.

 

Deberás de identificar el monto del pago de conformidad al tipo de obra a inscribir, generar la Boleta en el Sistema de Pagos en Línea del RPI para cancelarlo en BANRURAL y adjúntalo a tu solicitud.

 

TODO FORMULARIO DE SOLICITUD DEBE DE VENIR CON FIRMA DEL SOLICITANTE,  DE NO PODER FIRMAR EL SOLICITANTE, PUEDE FIRMAR UNA PERSONA JURIDICA ACREDITADA COMO REPRESENTANTE LEGAL DEL SOLICITANTE. LA SOLICITUD DEBE  SER PRESENTADA EN FOLDER TAMAÑO OFICIO DE CUALQUIER COLOR CLARO CON GANCHO SUJETANDO LAS HOJAS CON DOS AGUJEROS EN EL CENTRO DEL LADO IZQUIERDO.

¿Cuál es el pago que se debe de realizar para la Inscripción de Derecho de Autor y Derechos Conexos?

Este pago difiere de acuerdo con el tipo de derecho que se solicita inscribir, teniendo los siguientes:

Obras literarias Q      200.00
Composiciones musicales Q      200.00
Obras Audiovisuales Q      400.00
Escénicas Q      200.00
Fonogramas Q      250.00
Obras Artísticas (dibujos, pinturas, esculturas, grabados, litografías, arquitectura, fotografías o arte aplicado, otras) Q      200.00
Colecciones Q      300.00
Programas de Ordenador y Base de datos Q      500.00
Actos y Contratos Q      200.00

 

Para mayor información puedes consultar el artículo 90: Tasas del Arancel de Derecho de Autor y Derechos Conexos.

¿Qué se debe de acompañar si la obra contiene dibujos o fotografías creadas por otro autor?

Si tu obra contiene dibujos o fotografías creadas por otro autor, deberás acompañar una carta simple con firma legalizada en donde el autor de éstos, indique que los elaboró bajo contrato ya sea verbal o escrito y que cede derechos patrimoniales.

¿Cuál es el Plazo para la Inscripción y Registro de Derecho de Autor?

Luego de ser presentada toda la documentación como corresponde y el comprobante de pago del Certificado, en un plazo de diez días estará lista para tu resolución.

¿Cómo puedo consultar el estatus de la gestión con el número de identificación del expediente?

Usuario (correo electrónico): GENERAL@RPI.GOB.GT     Clave de Acceso: general123    Iniciar Sesión

Selecciona en la sección de derechos de autor la opción de EXPEDIENTES DE INSCRIPCIÓN, ingresa (No. Expediente);

    • Escribir en la sección de Contáctenos ingresando a http://www.rpi.gob.gt ubicar el enlace en la sección de Información Adicional; o bien
  • Preséntate Lunes, Miércoles o Viernes en el horario de 7:00 a 12:30 horas en la 7ª. Avenida 7-61 Zona 4, Nivel 1, Ciudad de Guatemala, o llama al teléfono (502) 23247070 extensión 104.

 

 

¿Cómo realizo una Búsqueda Retrospectiva de Derecho de Autor?

  • Deberás presentar al Departamento de Derecho de Autor y Derechos Conexos, un memorial solicitando la búsqueda retrospectiva para conocer si se encuentra inscrito un Derecho u Obra de Autor referido, debidamente firmado por el solicitante y el comprobante de pago de la búsqueda retrospectiva.
  • Para el comprobante de pago, genera la Boleta en el Sistema de Pagos en Línea del RPI, (BÚSQUEDA RETROSPECTIVA Q.100.00) y cancela en cualquier agencia de  BANRURAL o en línea;
  • Luego de presentado el memorial de solicitud de búsqueda con su respectivo comprobante de pago en la ventanilla del RPI, se entregará un día después la búsqueda.

Guía de Procesos y Servicios

 

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Manual de Uso Pagos en Línea

 

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Informe de Labores y Estadísticas 2012-2015

 

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Clasificación de Niza Décima Edición

 

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Ley de Propiedad Industrial

 

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Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos

 

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